>http://www.funredes.org/mistica/castellano/emec/produccion/memoria11/0731.html
A propósito del mensaje de Cornelio, hay que ver la legislación de impuesto
a la renta de EEUU (ya he logrado obtener varios documentos del IRS) sobre
donaciones de productos y servicios por empresas.
¿Cómo se contabiliza una donación de software por el valor comercial,
como la hace Microsoft? De las primeras lecturas de la documentación de
IRS, me parece que podrían incluso obtener descuentos de IR próximos de
esos valores de donaciones de software que siempre anuncia MS.
Si esto es verdad, la trampa es aún más grave, me parece.
--c.a.
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